En un contrato de seguro pueden intervenir principalmente cuatro elementos o partes para conformarlo. La primera de estas partes es precisamente la compañía aseguradora, que es aquella que a cambio de una percepción económica, cuando se presenta un siniestro, corre con los gastos derivados del mismo.

También existe la figura del tomador del seguro, que es aquella persona física o jurídica que suscribe el seguro. En otras palabras es el que pacta con la compañía aseguradora, firma la póliza con ella, al tiempo que se obliga a pagar la prima acordada.
Por su parte, el asegurado es la persona que ya sea a si misma o en sus bienes materiales, a la que le corresponden, en caso de que así se presente, los derechos que se hayan estipulado en el contrato del seguro.
En tanto que el beneficiario es aquella persona a la que el tomador le reconoce el derecho a recibir la indemnización establecida en la póliza.
